
La Orden INT/1070/2026, de 7 de octubre, aprueba la nueva Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el riesgo de accidentes graves con sustancias peligrosas. Sustituye a la directriz aprobada en 2003 y establece los criterios mínimos para prevenir estos accidentes, evaluar sus consecuencias y planificar la respuesta de las administraciones y los titulares de establecimientos afectados por el RD 840/2015 (normativa Seveso III).
La norma actualiza los criterios de análisis del riesgo y zonificación de las emergencias, considerando fenómenos como explosiones, ondas de presión, radiación térmica, incendios, nubes tóxicas y contaminación ambiental. La delimitación de las zonas de planificación se basa en la evaluación de las consecuencias y en valores umbral de las variables peligrosas, para determinar las áreas potencialmente afectadas y las medidas de protección necesarias.
En la planificación operativa, refuerza los procedimientos de alerta e información a la población, incorporando expresamente ES-Alert, junto con otros canales de comunicación. Desarrolla la organización y coordinación de los grupos de acción, la formación y capacitación de los intervinientes, las instrucciones de autoprotección y la realización periódica de ejercicios y simulacros. También contempla la evaluación de las emergencias y de los propios planes para identificar mejoras.
La nueva directriz entró en vigor el 11 de octubre de 2026. Establece un plazo de cuatro años para adaptar los planes de protección civil a su estructura y contenido; además, los planes especiales autonómicos deberán actualizarse anualmente y revisarse al menos cada cinco años, o antes si las circunstancias lo aconsejan.